Se reanudan los plazos administrativos.

Se reanudan los plazos administrativos.

La norma, en aras de facilitar el normal desarrollo de los procedimientos administrativos y judiciales, reguló el levantamiento de la suspensión de términos y de la interrupción de plazos administrativos, estableciendo, con efectos de 1 de junio de 2020, la derogación de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

¡IMPORTANTE! De este modo, con efectos desde 1 de junio, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas.