Cancelación de Fiestas

Cancelación de Fiestas

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
La rápida propagación por todo el territorio nacional de la enfermedad COVID 19, causada por el coronavirus SARS-CoV2, y su declaración como pandemia por la Organización Mundial de la Salud, ha exigido que por parte del Gobierno de España se haya declarado el estado de alarma, prorrogado hasta mínimo el próximo día 9 de mayo de 2020.
Ello supone garantizar la adopción de aquellas medidas urgentes que se estimen convenientes, una respuesta inmediata de toda la estructura organizativa municipal y la coordinación de los medios recursos humanos y materiales para hacer frente a los graves acontecimientos que se dan en el territorio nacional y en concreto en nuestro municipio.
Además, hay que tener en cuenta que el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, establece la suspensión de los plazos administrativos y de prescripción y caducidad en la Administración Pública. Esto, unido al hecho de que la ciudadanía solo podrá circular por las vías de uso público para la realización de determinadas actividades y al cierre efectivo de determinados edificios y actividades, supone la imposibilidad de prestación de servicio presencial para una parte importante de los empleados y empleadas públicos de las funciones que vienen desempeñando.
Visto que además, no se prevé una fiscalización definitiva de esta situación
pandémica ni tampoco se prevé un desconfinamiento de la ciudadanía de forma general, ni tampoco una permisividad sobre la celebración de eventos o acontecimientos donde se pueda producir una aglomeración de personas que puedan nuevamente ser susceptibles de ocasionar una serie de nuevos contagios que impidan el control definitivo del virus COVID-19 o al menos su minoración.
Visto que el art.º. 21.1.m de la Ley 7/1985 de 2 de abril, atribuye al Alcalde lo
siguiente: “Adoptar personalmente, y bajo su responsabilidad, en caso de catástrofe o de infortunios públicos o grave riesgo de los mismos, las medidas necesarias y adecuadas dando cuenta inmediata al Pleno”
Visto que la celebración de las fiestas municipales está prevista para el mes de agosto de 2020, como ha sido habitual todos estos años atrás, pero que muy presumiblemente va a ser afectada de forma muy importante por las restricciones que puedan estar en vigor por parte de las autoridades del Estado, pero que en todo caso, dado que la responsabilidad de quienes ostentamos responsabilidades de gestión, debe ir dirigida a proteger la salud de nuestros vecinos,

RESUELVO
PRIMERO. Suspender la celebración de las fiestas municipales de Fresno de
Torote previstas para este año 2020, en tanto en cuanto persista esta situación pandémica y pueda existir cualquier peligro para la salud de las personas.
Esta decisión se lleva a cabo sin perjuicio de que, en supuesto que las resoluciones y normativa tanto del Gobierno de la Nación como de la Comunidad Autónoma de Madrid, puedan permitir la celebración de actos multitudinarios sin peligro para la salud, en cuyo caso, y previa modificación normativa en dicho efecto, se estudiará la posibilidad de reactivar la celebración de tales festejos, para lo que en su momento, se dictará resolución por parte de esta alcaldía.

SEGUNDO. Publicar la presente resolución a través de la web municipal, sede de transparencia, redes sociales y tablón de anuncios para su general conocimiento por parte de la ciudadanía.