El 18 de octubre, tras la moción de censura, D. Raúl Martínez Muñoz, letrado de este Ayuntamiento presentó escrito al entender que con el cese del alcalde que le nombró, cesaba también como representante procesal, con efectos inmediatos, sin tener en cuenta el preceptivo preaviso de 7 días.
Ello supuso que dos días después, el 20 de octubre, no compareciera al acto de la vista del recurso interpuesto por D. José V. Escovedo; y el Juez emitió fallo estimando parcialmente la demanda del Sr. Escovedo y condenando a este Ayuntamiento a las costas.
Documentos: